Thursday, October 29, 2015

Cómo funciona el proceso de la entrevista del Miedo Creíble?

¿Cómo funciona el proceso de la entrevista creíble? ¿De cual manera los oficiales de deportación abusan los derechos de los detenidos durante este proceso? ¿Como puede el detenido resistir el abuso de los oficiales de deportación?

Hay un proceso llamado, “procedimientos de miedo creíble” para inmigrantes ilegales detenidos después de cruzar la frontera. Antes que un detenido pueda ser liberado bajo fianza para continuar con su caso de asilo en la corte de inmigración, el detenido debe de pasar por una entrevista para explicar porque el o ella tiene miedo regresar a su país. Este es el primer paso para solicitar el asilo en los Estados Unidos. En cuanto un detenido pida por su entrevista de miedo creíble, el proceso de deportación se congela hasta que se obtengan los resultados de la entrevista de miedo creíble.
En este punto, es importante consultar con un abogado para aprender las reglas y requisitos para asilo. Aunque el abogado del inmigrante prósperamente solicita una entrevista de miedo creíble y después que le den la fecha de la cita, algunos oficiales de deportación abusivos continúan intentando de sabotear el proceso de entrevista con llamar a la oficina del abogado sin previo aviso para que el abogado sea disponible inmediatamente para representación por teléfono. En muchas ocasiones el abogado puede estar en corte y no estará disponible inmediatamente – ya que no se dio aviso previo de esta entrevista creíble y fue hecho así por el oficial de deportación al propósito. Cuando el abogado no esta disponible el oficial le dice al detenido: “Ya ves – tu abogado no esta disponible – yo te dije que los abogados no mas están allí para quitarte tu dinero y no están ayudando. ¿Aun quieres seguir siendo representado por tu abogado malo quien no esta disponible? Si sí, entonces te daré tu entrevista en 3 semanas y ¡te sentaras en esta cárcel de deportación por 3 semanas más!”. El detenido se desespera y no entiende el proceso y muchas veces se pone de acuerdo de hacer la entrevista sin la representación de su abogado por teléfono y da su testimonio en ese momento para evitar pasando más tiempo en la cárcel de deportación. Esto solamente es otro ejemplo del ¡abuso cometido por oficiales de deportación que sabotean los derechos de los detenidos!
Encima de estos 3 problemas, cuando el abogado de inmigración intenta de comunicarse con oficiales de deportación, ellos con frecuencia ignoran las llamadas del abogado, fallan de regresar llamadas, ignoran faxes que se mandan a ellos por los abogados y ellos siguen diciéndole a los detenidos que ellos “no tienen abogado” aunque es una mentira. A veces esto pasa cuando el oficial de inmigración se niega aceptar la forma “G-28” (forma de representación de abogado) del abogado sin la firma original del detenido cuando es obvio que esa firma no se puede obtener – esto es otra manera que los oficiales sabotean la representación legal del detenido. Una firma de un pariente del detenido quien contrato al abogado debe de ser suficiente cuando es obvio que el detenido da autorización de tal representación – sin embargo algunos oficiales abusivos insisten tener la firma “original” esto quiere decir que la forma debe de ser enviada al centro de detención del detenido y el debe de firma la forma y regresarla. Mientras tanto los oficiales preparan al detenido para su deportación, lo hacen que vean al consulado de su país y en cuanto ven al consulado ¡solamente se toma unos pocos días para ponerlos en el avión!
Basado en todo esto es importante que el detenido y su familia entiendan las dificultades que se encuentran con oficiales de deportación en la frontera y cooperan con abogados con informándolos a tiempo cuando se les hace su cita de la entrevista creíble aunque el oficial falla en comunicarse con el abogado. También es muy importante que el detenido insista ser representado por un abogado durante la entrevista ¡aunque tendrá que extenderse el tiempo en la cárcel de inmigración! También es importante que el detenido no tenga CONFIANZA con el oficial de deportación cuando el oficial este hablando mal del abogado y el detenido debe de mantener contacto con la oficina del abogado.
En la entrevista – si el detenido falla en explicar claramente que él o ella tiene miedo regresar a su país por razones válidas – se les niega la entrevista de miedo creíble y son deportados después de una breve revisión de los resultados por el juez de inmigración quien casi siempre simplemente confirma la determinación negativa de ilegibilidad para asilo hecha por el oficial.
Si un detenido es representado por un abogado de inmigración, el detenido estará mejor preparado para su entrevista de miedo creíble y tiene más posibilidades de obtener una decisión favorable por los oficiales de deportación. Aquellos que se les aprueban la entrevista de miedo creíble regularmente los liberan bajo fianza y califican para continuar sus casos con la corte de inmigración en el estado donde viven (el estado donde se dirigían después de cruzar la frontera).
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